Por
otra parte, existen convenios colectivos de trabajo que
se aplican a distintos grupos profesionales. Estos convenios colectivos son
acuerdos que se negocian entre los empleadores y los empleados y que deben ser
aprobados por el Estado.

Convenios
estos que se deben caracterizar porque tienen que respetar en todo momento la
legislación laboral existente. En concreto, se pueden establecer dos
tipos: los convenios de empresa, en los que ejercen de interlocutores los
delegados sindicales o los comités de empresa, y los convenios de rango
superior donde son los sindicatos los encargados de tener la representatividad.

REFERENCIAS.
Francisco Gualda Alcalá. (2012). Convenios Colectivos. 2013, de CCOO Federación Servicios Sitio web: https://www.ccoo-servicios.es/reformalaboral/html/29744.html
Yohanna Camacho. (2011). Convenios Colectivos. 2018, de SlideShare Sitio web: https://es.slideshare.net/danny01/convenios-colectivos
Francisco Gualda Alcalá. (2012). Convenios Colectivos. 2013, de CCOO Federación Servicios Sitio web: https://www.ccoo-servicios.es/reformalaboral/html/29744.html
Yohanna Camacho. (2011). Convenios Colectivos. 2018, de SlideShare Sitio web: https://es.slideshare.net/danny01/convenios-colectivos
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